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Mascotas en conjuntos residenciales: lo que pueden y no pueden prohibirte
Revisada el 11 de octubre de 2026 · Próxima revisión: 11 de enero de 2027
En corto: en Colombia un conjunto residencial no puede prohibirte tener perro o gato, ni impedir que pase por las zonas comunes o use el ascensor contigo. Sí puede exigirte reglas razonables: traílla, recoger los excrementos y, para perros de manejo especial, bozal y permiso. Si el reglamento dice otra cosa, prevalece la ley.
Lo que no pueden prohibirte
- Tener tu mascota. Un reglamento no puede imponer prohibiciones generales ni restricciones que, en la práctica, hagan imposible tener animales de compañía. (Corte Constitucional, T-199 de 2026; Ministerio de Vivienda, concepto de 2020)
- Que pase y permanezca en las zonas comunes. La ley lo dice expresamente: «No podrán prohibirse el tránsito y permanencia de animales domésticos o mascotas en las zonas comunes de propiedades horizontales o conjuntos residenciales». (Ley 1801 de 2016, artículo 117, con el texto de la Ley 2054 de 2020)
- Que suba contigo en el ascensor. La Corte ha dicho dos veces que prohibir el ascensor a las mascotas es desproporcionado: en 2013, en un conjunto de Bogotá, y en 2026, en uno de Cajicá. (T-034 de 2013; T-199 de 2026)
- Exigirte un permiso o autorización previa para usar las zonas comunes o el ascensor con tu mascota. Lo que la ley permite no puede quedar sujeto a un permiso que la administración da o quita. (T-199 de 2026)
- Aplicarte una norma del manual de convivencia que contradiga la ley. Los administradores están autorizados para no aplicar esas normas y deben pedir a la asamblea que actualice el manual. (Ley 1801, artículo 117)
Lo que sí pueden reglamentar
- Traílla para los perros en las zonas comunes. (Ley 1801, artículo 117)
- Bozal y permiso para los perros de manejo especial, antes llamados «potencialmente peligrosos». (Ley 1801, artículo 117; Ley 2054 de 2020, artículo 7)
- Reglas de higiene, seguridad y convivencia en las áreas comunes, como recoger los excrementos, siempre que sean razonables y proporcionales. (T-034 de 2013; T-199 de 2026)
- La permanencia de perros de manejo especial. Es el único caso en que la copropiedad puede prohibirla: debe pedirlo un copropietario o residente, la decisión requiere las tres cuartas partes de la asamblea o de la junta directiva, y debe respetarse el debido proceso. (Ley 1801, artículo 129; C-059 de 2018)
- Sanciones por incumplir esas reglas, si están en el reglamento, son proporcionales y se aplican con debido proceso: la oportunidad de explicarte antes de que te sancionen. (T-155 de 2012; T-034 de 2013)
Tus deberes
- Llevar a tu perro con traílla en las zonas comunes y, si es de manejo especial, con bozal y el permiso correspondiente. (Ley 1801, artículo 117)
- Recoger los excrementos en las zonas comunes y en el espacio público. No hacerlo es un comportamiento contrario a la convivencia que la Policía puede sancionar con multa. (Ley 1801, artículo 124)
- Evitar que tu animal ataque a personas o a otros animales, y que riegue la basura de las bolsas o canecas. (Ley 1801, artículo 124)
- No causar perjuicios a tus vecinos, como ruido constante, malos olores o daños. La Corte ha dicho que tener mascota es legítimo mientras no afecte los derechos de los demás. (T-034 de 2013; T-035 de 1997)
- Cuidar su bienestar. Los animales son seres sintientes y el maltrato está sancionado. (Ley 1774 de 2016)
Preguntas frecuentes
¿Pueden prohibirme subir con mi perro en el ascensor?
No. Es justo lo que la Corte Constitucional ordenó corregir en 2013 y en 2026. En el caso de 2026 ordenó al conjunto permitir el uso del ascensor con los animales «sin la exigencia de una autorización previa», dejar de aplicar la norma del manual que lo prohibía y actualizar el manual de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 1801. (T-199 de 2026)
¿Y pueden imponerme un horario o el ascensor de servicio?
Ninguna de estas sentencias decidió ese punto de forma directa. En 2013 la Corte mencionó medidas de ese tipo, como horarios o el uso de traílla y bozal, como alternativas menos restrictivas que una prohibición. Una regla así podría ser válida si es razonable y no hace imposible, en la práctica, usar el ascensor. (T-034 de 2013)
¿Me pueden exigir un permiso para tener la mascota o usar las zonas comunes?
No como condición para algo que la ley ya permite. La Corte consideró inconstitucional que el conjunto sometiera el uso del ascensor a un permiso temporal y revocable. (T-199 de 2026)
¿Hay un número máximo de mascotas por apartamento?
Ninguna norma nacional fija un número máximo. Un límite que en la práctica impida tener animales sería una restricción desproporcionada. Lo que sí cuenta es que tus animales no causen perjuicios a los vecinos. (T-199 de 2026; T-035 de 1997)
¿Me pueden cobrar más administración por tener mascota?
La Corte protegió a una familia a la que el conjunto le cobraba una cuota extraordinaria por tener tres perros. Un cobro extra solo por tener mascota es difícil de justificar; si tu animal causa un daño concreto, la reparación de ese daño sí te corresponde. (T-035 de 1997)
Mi perro es de una raza de manejo especial. ¿Qué cambia?
Debe ir con traílla y bozal en las zonas comunes, y debes tener el permiso que exige la ley. Además, es el único caso en que la asamblea puede prohibir su permanencia en el conjunto, a petición de un copropietario o residente, con las tres cuartas partes de los votos y respetando el debido proceso. (Ley 1801, artículos 117 y 129; C-059 de 2018)
¿Me pueden multar?
Hay dos tipos de multa distintos:
- Del conjunto: solo si la norma está en el reglamento, es proporcional y te dan la oportunidad de defenderte. Una multa basada en una prohibición contraria a la ley no se debe cobrar: en 2013 la Corte ordenó dejar de cobrar las multas por usar el ascensor. (T-034 de 2013; T-155 de 2012)
- De la Policía: por comportamientos como no recoger los excrementos o llevar sin bozal a un perro de manejo especial. El monto depende del tipo de multa del Código de Convivencia y se actualiza cada año. (Ley 1801, artículo 124)
¿Y los ladridos?
El ruido constante es un problema de convivencia. Lo primero es hablarlo con tu vecino; si no se resuelve, el conjunto puede acudir al comité de convivencia o a otros mecanismos de solución de conflictos. (Ley 675 de 2001, artículo 58)
¿Todo esto aplica también a los gatos?
Sí: la protección del artículo 117 habla de «animales domésticos o mascotas». La obligación de traílla y bozal es solo para los perros.
Qué hacer si te prohíben o te sancionan
- Pide por escrito la norma del reglamento o del manual de convivencia que te están aplicando.
- Responde por escrito citando el artículo 117 de la Ley 1801 de 2016 y, si es el ascensor, las sentencias T-034 de 2013 y T-199 de 2026. Recuerda que el administrador está autorizado para no aplicar normas del manual contrarias a la ley.
- Acude al comité de convivencia o a una conciliación. (Ley 675 de 2001, artículo 58)
- Si la situación sigue y afecta tus derechos, busca orientación jurídica. En los casos de 2013 y 2026 la Corte aceptó la acción de tutela, pero cada caso se revisa por separado. Los consultorios jurídicos de las universidades atienden gratis.
Proyecto de ley, aún no vigente
La reforma a la Ley 675
En la Cámara de Representantes avanza el Proyecto de Ley 067 de 2025 Cámara, acumulado con el 146 de 2025 Cámara, que reforma la Ley 675 de 2001. Estado a la fecha de consulta (11 de octubre de 2026):
- Radicado el 22 de julio de 2025.
- Aprobado en primer debate en la Comisión Primera de la Cámara el 7 de abril de 2026.
- Pendiente del segundo debate en la plenaria de la Cámara. Después le faltarían dos debates en el Senado y la sanción presidencial.
Los textos radicados incluyen reglas sobre mascotas. Por ejemplo, que en ningún caso se pueda restringir la tenencia responsable de mascotas y que los reglamentos no puedan prohibirlas. El texto puede cambiar en los debates que faltan.
Mientras no sea ley, lo que te protege es lo que explicamos arriba: la Ley 1801 y las sentencias de la Corte.
Fuentes
- Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Función Pública) (se abre en otra pestaña). Artículos 117 (tenencia de mascotas), 124 (comportamientos y multas) y 129 (perros de manejo especial en propiedad horizontal) Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Ley 2054 de 2020 (Cancillería, normograma) (se abre en otra pestaña). Artículo 7 (término «de manejo especial») y artículo 10 (texto actual del artículo 117 de la Ley 1801) Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Ley 675 de 2001, Régimen de Propiedad Horizontal (Secretaría del Senado) (se abre en otra pestaña). Artículo 58 (solución de conflictos y comité de convivencia) Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Ley 1774 de 2016, animales como seres sintientes (Función Pública) (se abre en otra pestaña) Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Corte Constitucional, Sentencia T-199 de 2026 (26 de junio de 2026) (se abre en otra pestaña). Ascensor y autorizaciones previas en un conjunto de Cajicá Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Corte Constitucional, Sentencia T-034 de 2013 (28 de enero de 2013) (se abre en otra pestaña). Prohibición del ascensor y multas en un conjunto de Bogotá Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Corte Constitucional, Sentencia T-155 de 2012 (se abre en otra pestaña). Debido proceso antes de limitar la tenencia de un perro Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Corte Constitucional, Sentencia T-035 de 1997 (se abre en otra pestaña). Cuota extraordinaria cobrada a una familia por tener perros Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Corte Constitucional, Sentencia C-059 de 2018 (7 de junio de 2018) (se abre en otra pestaña). Constitucionalidad de las normas sobre perros de manejo especial Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Ministerio de Vivienda, concepto jurídico 2020EE0082865 (21 de octubre de 2020) (se abre en otra pestaña). Prohibición de mascotas en zonas comunes de una propiedad horizontal Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Cámara de Representantes, Proyecto de Ley 067 de 2025 Cámara (acumulado con el 146 de 2025 Cámara) (se abre en otra pestaña). Estado del trámite de la reforma a la Ley 675 Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Gaceta del Congreso 1235 de 2025: texto radicado del Proyecto de Ley 067 de 2025 Cámara (se abre en otra pestaña) Consultada el 11 de octubre de 2026.
- Gaceta del Congreso 1320 de 2025: texto radicado del Proyecto de Ley 146 de 2025 Cámara (se abre en otra pestaña) Consultada el 11 de octubre de 2026.
Esta guía resume normas y sentencias públicas para orientarte; no es asesoría legal. Para un caso concreto consulta a un abogado o al consultorio jurídico gratuito de una universidad. Si ves un dato desactualizado, repórtalo y lo revisamos.
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